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Los Derechos Humanos y la COP17

En la Conferencia Internacional COP17 de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (UNCCD) que se lleva actualmente en Ulán Bator, Mongolia, del 17 al 28 de agosto de 2026, se han mencionado, de manera general, algunos derechos humanos que guardan relación con la gestión de la tierra como los derechos de la tierra, los derechos de las mujeres, la participación y derechos de las comunidades locales e indígenas, entre otros.


Así, su mención en esta Conferencia se realiza como una vinculación de estos derechos con la tierra y la resiliencia frente a la desertificación.


Entre los derechos humanos mencionados, se encuentran:


·         Derecho a la tierra. En el contexto de la COP17, este derecho proviene de los documentos oficiales de la UNCCD, donde se subraya que garantizar derechos de propiedad y uso de la tierra es clave para combatir la desertificación y fortalecer la seguridad alimentaria; destacando la necesidad de asegurar derechos de tenencia y monitorear su cumplimiento.


Es decir, en otras palabras, tenencia segura de la tierra significa que comunidades rurales, indígenas, mujeres y pastores tengan certeza legal sobre la tierra que usan o poseen.


·         Derecho a la movilidad de los pastores. En el contexto de la COP17, se busca reconocer este derecho como esencial para mantener pastizales saludables, producir alimentos y adaptarse al cambio climático.


·         Derechos de las mujeres. En el contexto de la COP17, se enfatiza su papel como custodias de la tierra, pidiendo acciones medibles para garantizar propiedad y acceso a recursos.


·         Participación de comunidades indígenas y locales. En el contexto de la COP17, se solicita que pueblos indígenas, agricultores y jóvenes sean reconocidos como socios activos con acceso directo a financiamiento.


·         Derecho a la alimentación. En el contexto de la COP17, se hace referencia que se restaure las tierras degradadas y a su vez se fortalezcan los sistemas alimentarios y se garantice la seguridad alimentaria.


·         Derecho al agua. En el contexto de la COP17, se relaciona con la protección de recursos hídricos frente a la desertificación y la minería que agota acuíferos.


·         Derecho a un medio ambiente sano. En el contexto de la COP17, se menciona respecto a la restauración de ecosistemas y protección frente a proyectos extractivos que aceleran la desertificación.

 

Estos derechos económicos y sociales, derechos de igualdad y no discriminación, derechos de participación y derechos colectivos, son una parte importante para lograr solucionar y afrontar de manera integral, los desafíos actuales de la desertificación de la tierra y encontrar solución en materia de la sostenibilidad.


Estos derechos humanos guardan estrecha relación con el cuidado, protección y gestión de la tierra.


Desde la perspectiva jurídica, se puede señalar que la COP17 refuerza la interdependencia entre derechos económicos, sociales y culturales y la protección ambiental.


Aunque la UNCCD no es un tratado de derechos humanos, sus decisiones pueden influir en la interpretación progresiva y protección de estos derechos, especialmente en relación con la tenencia de la tierra.

 
 
 

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