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Derechos Humanos y Tratados Internacionales (Parte 2)

Los derechos humanos son los derechos inherentes a todas las personas por el simple hecho de serlo, y se fundamentan en la dignidad humana. Así, en este sentido, cada Estado debe garantizar su protección y cuidado.


En el Artículo anterior, señalamos que la Carta Internacional de los Derechos Humanos constituye el marco jurídico internacional en materia de derechos humanos, sin embargo, existen otros tratados internacionales que forman parte de este marco jurídico general, y que constituyen tratados especializados en materia de protección de grupos vulnerables.


La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 1979, (CEDAW por sus siglas en inglés), que contiene entre otros, la definición de la discriminación contra la mujer como cualquier distinción o restricción que limite sus derechos humanos y libertades en igualdad con el hombre. Además, obliga a los Estados Parte a armonizar sus leyes nacionales, así mismo, establece derechos en diferentes ámbitos.

Es importante señalar que este Tratado Internacional crea un sistema de supervisión, a través de informes periódicos al Comité CEDAW, que evalúa avances y formula recomendaciones. Las medidas especiales temporales (acciones afirmativas) son otro de los mecanismos que establece este importante documento jurídico respecto a la igualdad entre mujeres hombres.


Otro instrumento especializado en la protección de grupos vulnerables es la Convención sobre los Derechos del Niño, de 1989, que establece principalmente que los niños como titulares plenos de derechos humanos, aunado a los principios fundamentales que lo conforman como el interés superior del niño. El Comité de los Derechos del Niño de la ONU, es uno de los mecanismos de supervisión.


Sin omitir que este es el tratado que más ratificaciones ha tenido en el mundo.


Por su parte, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece los derechos de las personas con discapacidad, incluyendo principios esenciales como igualdad e inclusión.


Una premisa fundamental de esta Convención es que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que todas las demás personas.

Su sistema de supervisión es mediante el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Es así como el marco internacional de los derechos humanos establece un compromiso de las naciones con la dignidad, y de este modo se crea un orden internacional más inclusivo e igualitario.

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